
EN SIMPLE
- Tipo de iniciativa: Moción parlamentaria.
- Autores: Senadores Paulina Núñez (RN), Gustavo Sanhueza (UDI) y Matías Walker (Demócratas); y exsenadores Carmen Gloria Aravena (ex-Evópoli, ex-Republicanos) y José García Ruminot (RN).
- Fecha de ingreso: 9 de abril del 2024.
- ¿Tiene patrocinio o apoyo del Gobierno? El Gobierno ha ingresado indicaciones. También se requiere su patrocinio debido a que el proyecto tiene efectos fiscales.
- ¿En qué etapa está? Tercer trámite en comisiones del Senado.
- Próximo paso: Reanudación de votaciones en la Comisión de Educación. Luego debe pasar por la de Hacienda antes de llegar a la Sala.
- ¿Tiene urgencia? No.
- ¿Es ley? Aún no, pero podría serla en las próximas semanas.
- Boletín: 16743-04
El Senado inició esta semana la discusión, en tercer trámite constitucional, del proyecto de ley que busca facilitar la creación de nuevos establecimientos educacionales con las modificaciones, algunas de ellas clave, que introdujo la Cámara de Diputadas y Diputados en el paso anterior.
La iniciativa, ingresada en abril del 2024 por senadores de derecha, propone equiparar las condiciones con las de colegios y jardines infantiles constituidos antes del 2015 -cuando se implementó la Ley de Inclusión Escolar que puso fin al lucro, al copago y a la selección en el proceso de admisión-; y también facilitar tanto la creación de nuevos colegios como la ampliación de los existentes.
Para ello, el texto modifica la Ley General de Educación, la Ley de Inclusión Escolar y la ley sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales.
El 7 de julio, la Cámara Baja aprobó el proyecto en segundo trámite, con varias modificaciones, y la envió al Senado, donde la semana pasada la Comisión de Educación comenzó a revisarlo con el nuevo contenido.
Tanto el anterior Gobierno de Gabriel Boric como el actual de José Antonio Kast le han ingresado indicaciones. De igual forma, la propuesta requiere patrocinio del Ejecutivo ya que contiene articulado que genera efectos en el Presupuesto de la Nación.
EL PUNTO CLAVE: MENOS REQUISITOS PARA SUBVENCIÓN
Uno de los puntos clave en el debate parlamentario entre el oficialismo y la oposición es una indicación de la actual Administración Kast, ingresada y aprobada en el segundo trámite en la Cámara Baja, relativa a flexibilizar los requisitos para que los colegios y jardines puedan acceder a la subvención escolar.
El artículo 8 de la ley sobre subvenciones en esta materia establece los siguientes requisitos para que los establecimientos de enseñanza básica, media y parvularia puedan solicitar la subvención por primera vez:
«…sólo en caso de que exista una demanda insatisfecha por matrícula que no pueda ser cubierta por medio de otros establecimientos educacionales que reciban subvención o aporte estatal, o que no exista un proyecto educativo similar en el territorio en el que lo pretende desarrollar. Dichos establecimientos deberán tener el carácter de gratuitos«.
¿A qué se refiere el concepto de «demanda insatisfecha»? Cuando en una zona o localidad los colegios o liceos no puedan ofrecer una cantidad de vacantes suficientes para los estudiantes que requieren un cupo. Según la ley actual, si un nuevo recinto educativo es capaz de cubrir esa necesidad, podrá acceder al beneficio estatal.
El proyecto original mantiene aquello, pero la indicación del Gobierno de Kast elimina los requisitos relativos a la existencia de una «demanda insatisfecha». El texto queda de la siguiente manera:
«Tratándose de un establecimiento educacional que por primera vez solicite el beneficio de la subvención, el Ministerio de Educación aprobará la solicitud por resolución fundada dentro del plazo señalado (…), cuando se dé cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6.
Indicación del Gobierno de José Antonio Kast
Es decir, sólo deberían cumplir condiciones básicas tales como reconocimiento oficial y que no persiga fines de lucro.
Otra modificación relevante es que la ley vigente establece que la solicitud tiene que ser aprobada por el Ministerio de Educación y ratificada luego por la mayoría absoluta de los miembros del Consejo Nacional de Educación (CNED). La indicación, sin embargo, quita de la ecuación al CNED.
Enmienda aprobada en Comisión de Educación del Senado
La Comisión de Educación del Senado inició la revisión del texto el pasado 22 de julio. Allí fue aprobada la enmienda del Ejecutivo con tres votos a favor, de los senadores Gustavo Sanhueza (UDI), Rojo Edwards (independiente, parte del comité RN) y Cristián Vial (independiente, parte del comité republicano), y uno en contra, de la senadora Yasna Provoste.
«Me preocupa que se elimine la demanda insatisfecha, (porque) eso no es una simple flexibilización administrativa. Ella deja de ser una condición para que un establecimiento nuevo pida subvención», expresó Provoste.
En esa línea, la senadora falangista advirtió:
«Ahora bastará con requisitos generales para hacerlo. Con esto se les cambian las reglas del juego a los sostenedores de recintos particulares subvencionados que deberán disputar la matrícula, lo que los pone en riesgo».
Por su parte, el subsecretario de Educación, Daniel Rodríguez, ha defendido la modificación, asegurando que «la restricción asociada a la demanda insatisfecha, incorporada originalmente por la ley de inclusión, ha generado un importante peso administrativo, reducido el dinamismo del sistema educativo y no había producido externalidades positivas relevantes», según reseñó el informe de la Cámara Baja sobre el segundo trámite del proyecto.
A juicio del subsecretario Rodríguez, «impone una carga regulatoria excesiva sobre diversas instituciones y, en específico, sobre los establecimientos educacionales, sin que exista actualmente una justificación suficiente para mantenerlo».
INFRAESTRUCTURA; TRANSFERENCIA DE SOSTENEDORES; DÉFICIT DE OFERTA
Requisitos de infraestructura flexibilizados
Otra arista de la iniciativa apunta a la flexibilización del requisito de infraestructura.
En específico, propone que el sostenedor no sólo deba ser necesariamente el propietario del inmueble, sino que también pueda ser arrendatario o comodatario, regulando condiciones estrictas para ello.
En paralelo, establece que determinadas entidades, tales como aulas hospitalarias, escuelas en cárceles y algunos establecimientos de educación parvularia, no estarán obligadas a cumplir ciertos requisitos relativos al inmueble, para facilitar la instalación de proyectos educativos en recintos con características especiales.
Sostenedores de buen desempeño podrán administrar otros colegios
El proyecto apunta además a permitir que sostenedores con buen desempeño puedan administrar otros establecimientos mediante convenios y, eventualmente, adquirir la calidad de sostenedor de estos.
Es decir, se regulan casos específicos donde se podría transferir la calidad de sostenedor, con el fin de resguardar la continuidad del servicio del proyecto educativo institucional. Igualmente se posibilita la fusión de establecimientos educacionales de un mismo sostenedor.
En caso de déficit de oferta educativa…
En caso de convertirse en ley, el Ministerio de Educación deberá publicar anualmente el estado y proyección de la demanda escolar, los cupos disponibles por territorio y el número de postulantes de cada establecimiento (para sus sostenedores).
La cartera también podrá realizar convocatorias para presentar propuestas de creación de nuevos cursos, niveles y especialidades.
Aquello con el objetivo de permitir la identificación de territorios con falta de vacantes y así orientar la apertura de proyectos educativos.
Igualmente, cuando exista falta de oferta educativa en una determinada zona, el Mineduc podrá adoptar medidas excepcionales para asegurar la provisión inmediata del servicio educacional, tales como la utilización de instalaciones provisorias y el funcionamiento en doble jornada.
En otro aspecto, propone facultar a los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP) para que celebre convenios de administración con organismos públicos o entidades sin fines de lucro, manteniendo la responsabilidad ante la Superintendencia de Educación.
La Comisión de Educación del Senado retomará la discusión y votación del texto y sus modificaciones el próximo miércoles 5 de agosto. Luego debiera pasar por la de Hacienda, antes de volver a la Sala. Si esta última llegase a no aprobar todas las enmiendas de la Cámara Baja, deberá constituirse una comisión mixta.
Con todo, parlamentarios de oposición han hecho reserva de constitucionalidad, por lo que también podrían llevar al Tribunal Constitucional el proyecto que termine despachando el Congreso.

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